Todas las acciones en el tema sanitario implementadas por el Gobierno están
sustentadas en el único instrumento legal vigente (Codigo de Salud) que aun no ha sido derogado ni declarado inconstitucional.

Los seis cercos sanitarios que se han establecido a esta fecha en diferentes
municipios del país están amparados en el Código de Salud, y los resultados
obtenidos luego de las intervenciones han sido técnicamente los adecuados para
bajar el número de contagios.

En cada cerco sanitario participa personal de apoyo de las diferentes instituciones públicas que colaboran para lograr el objetivo de proteger a la población. Los equipos están conformados por médicos, personal de enfermería, Protección Civil, militares, y policías, entre otras instituciones gubernamentales.

El Presidente publicó al respecto de críticas por los cercos sanitarios: «a los funcionarios públicos y supuestos abogados que salen criticando el cerco sanitario y las demás medidas tomadas por el Gobierno. Les recuerdo que estamos en pandemia, nuestro Código de Salud dice»:

Art. 129.- del Código de Salud se lee: “Se declaran de interés público, las acciones permanentes del Ministerio contra las enfermedades transmisibles y zoonosis.

Art. 130.- El Ministerio tendrá a su cargo en todos sus aspectos el control de las enfermedades transmisibles y zoonosis, para lo cual deberán prestarle colaboración todas aquellas instituciones públicas o privadas en lo que sea de su competencia”.