Magistrados demandados por retardación de justicia.

Los abogados del empresario Suizo Salvadoreño, Enrique Rais, presentaron una denuncia penal en contra de los exmagistrados de Sala de lo Constitucional integrada por Óscar Armando Pineda Navas, Aldo Enrique Cáder Camilot, Carlos Ernesto Sánchez Escobar, Marina de Jesús Marenco de Torrento y Carlos Sergio Avilés Velásquez, por el delito de incumplimiento de deberes (Art. 321 Código Penal) y por atentados relativos al derecho de igualdad (Art. 292 Código Penal).

En ese sentido, consideran que con esas conductas habrían demorado más allá de lo razonable las resoluciones para reparar las violaciones cometidas en sus derechos fundamentales, especialmente el de la libertad de su cliente.

Los apoderados de Enrique Rais consideran que la Sala retardó injustificadamente emitir resoluciones de fondo, respecto de las solicitudes de Hábeas Corpus que fueron promovidas para demostrar que el empresario se encontraba ilegal y arbitrariamente restringido en su derecho de libre circulación y con ello prolongó indebidamente los perjuicios generados al empresario.

Existen solicitudes de Hábeas Corpus que fueron presentadas en el mes de noviembre de 2018, a escasos días que los ahora exmagistrados tomaran posesión de su cargo, sin embargo dejaron transcurrir prácticamente dos años y seis meses sin resolver la petición, sobrepasando por mucho lo que se conoce internacional y nacionalmente como “plazo razonable”.

En cuanto al delito de “atentados relativos al derecho de igualdad” contenido en el art. 292 del Código Penal, de acuerdo con uno de los defensores de Rais, el fundamento o el por qué se invoca este delito, tiene que ver con la justicia constitucional “selectiva” que practicaron los magistrados recién destituidos, al grado que los expedientes de solicitudes de Hábeas Corpus promovidos a favor del empresario, no avanzaban y nunca fueron resueltos en todo ese periodo, a pesar que en ese tiempo se dio respuesta a otras peticiones que ingresaron mucho tiempo después, como también se aplicaron medidas cautelares en casos relacionados con fiscalizaciones tributarias, que fueron adoptadas de forma “exprés”, de manera que hay suficientes indicios para establecer que el Tribunal Constitucional integrado por los ahora denunciados tuvo como prioridad resolver asuntos de naturaleza económica o patrimonial, por encima de otros derechos; inclusive por sobre el derecho a la libertad física o ambulatoria.

Los argumentos señalados en la denuncia, vienen a coincidir con algunos de los criterios adoptados por la Asamblea Legislativa para decidir el 1º de mayo de 2021, la destitución de los Magistrados de la Sala de lo Constitucional, donde también se destacó que inobservaron la obligación bajo la cual manifestaron su compromiso con “cumplir y hacer cumplir la Constitución” lo que se materializó en “invasión de funciones de otros Órganos de Estado” “categorización de casos a resolver, por prioridades vinculadas a criterios políticos y económicos”, “aplicación discrecional de pautas normativas” y “distanciamiento de criterios jurisprudenciales previos que se ajustaban al texto constitucional”

Para el abogado de Enrique Rais, detrás del retardamiento de justicia para su cliente, se encontraban los intereses particulares del exmagistrado Carlos Ernesto Sánchez, quien sabía que dictar una sentencia apegada a derecho a favor del empresario, significaba aceptar que había cometido ilegalidades cuando formando parte de la Cámara 1ª de lo Penal de San Salvador, junto con Guillermo Arévalo Domínguez a fecha 12 de enero de 2017 le decretaron orden de detención provisional a Enrique Rais, dándole validez a unas escuchas telefónicas que ni tenían vinculación con éste y además que sus efectos jurídicos habían caducado.

Sin embargo, la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, al establecer que Enrique Rais sufrió una privación de libertad arbitraria, como resultado que se infringieron sus derechos humanos reconocidos en Tratados Internacionales que El Salvador está obligado a cumplir de buena fe, cuenta con un dictamen del más autorizado órgano de Naciones Unidas, para esa materia; tal y como manifestó la Fiscalía Suiza en la más reciente resolución en que sobreseyó definitivamente a Rais, por los mismos hechos por los que está siendo juzgado en El Salvador, dándole total credibilidad al pronunciamiento del Grupo de Trabajo y cuestionando sobre todo las omisiones y retardos de justicia para reparar los daños infringidos al empresario.

Se sostiene que lo evidenciado por los exmagistrados de la Sala de lo Constitucional es sumamente grave, ya que convirtieron la justicia constitucional en una parcela favorable solamente a los “mismos de siempre” y que esto no puede volver a pasar, ya que en el caso del empresario, tuvo la oportunidad de ventilar su caso ante instancias internacionales, pero qué pasa con otros ciudadanos que requieren que su situación se resuelva a través de una exhibición personal o un amparo, si no tenía los contactos o la venía de los poderes fácticos que controlaban el Tribunal, no tenía ninguna oportunidad de tutela efectiva. Por eso vemos la demora judicial que encuentran los nuevos Magistrados, porque es claro que la anterior Sala tuvo una agenda, que le demandaba su tiempo, donde tenías resoluciones en 24 o 48 horas, mientras en otros casos tienen hasta 2 años para notificar una prevención.

La Asamblea Legislativa destituye a los magistrados por su mal proceder y la Corte Plena estaría protegiendo al el exmagistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar retornándolo a la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, que es donde él cometió una serie de irregularidades y por lo cual fue demandado.