La comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa, con participación mayoritaria de la bancada de Nuevas Ideas, aprobó un dictamen favorable para incrementar las penas de prisión por conducción peligrosa, con el objetivo de reducir el índice de incidentes ocurridos debido a este tipo de situaciones.

En tal sentido, los legisladores dieron su aval para la reforma del Artículo 147-E del Código Penal con el fin de aumentar las penas de prisión hasta los ocho años por el cometimiento de este delito.

“Apoyamos esta iniciativa de reforma para tener mayores sanciones en los casos de conducción peligrosa. Agradezco que avancen en la revisión de la normativa de tránsito que nos lleve a tener un marco legal más fuerte”, afirmó el viceministro de Transporte, Saúl Castelar, quien fue invitado a la sesión de este lunes para que expusiera su opinión.

Actualmente, el Artículo establece que quien «mediante conducción peligrosa de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, será sancionado con pena de prisión de uno a tres años».

Mientras que el concepto de conducción temeraria, de acuerdo con el Viceministerio de Transporte, establece que: «Se considerará conducción temeraria: manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas que limiten la capacidad de conducir; disputar la vía entre vehículos; realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de la autoridad competente».

El aval de la Comisión de Legislación deberá ser ratificado por el pleno de la Asamblea Legislativa en sesión plenaria, para que pueda ser modificado el Artículo 147-E del Código Penal.