La Sala de lo constitucional de la Corte suprema de Justicia, declaro inconstitucional la postulación y elección de los magistrados, Carmen Elena Rivas Landaverde (Presidenta) y Roberto Antonio Anzora Quiroz (segundo magistrado), a menos de un mes para que su gestión finalice y sean electos nuevos magistrados.

Dicha resolución que fue promovida hace más de un año, no anula su gestión dentro de la Corte de Cuentas a pesar de que los magistrado antes mencionados no pudieron demostrar que no están atados a ningún partido político, ese precisó requisito vuelve inconstitucional su elección según la resolución.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el nombramiento de la presidenta de la Corte de Cuentas de la República, Carmen Elena Rivas, y de la primera magistrada, Carmen Martínez Barahona, el pasado 28 de agosto de 2017.

El Congreso, de acuerdo con el máximo tribunal constitucional, no siguió el debido proceso para elegir a las funcionarias, pues faltó que documentaran su no afiliación partidaria ni tampoco que ambas su competencia notoria según el perfil requerido.

Esta omisión de los legisladores, no obstante, no inhibe que ambas funcionarias puedan postularse a una reelección, pues las dos participan en el proceso de reelección que recién finalizó la Asamblea Legislativa.
Los demandantes, según la sentencia, advirtieron que el dictamen de la Comisión Política “evidencia que la comisión y subcomisión omitieron razonar en concreto los parámetros que fueron utilizados para constatar que los candidatos cumplieron los requisitos de moralidad y competencia notoria”.

En la sentencia, la Sala de lo Constitucional también señala que las magistradas pueden seguir en sus cargos hasta el 27 de agosto, cuando concluyen las funciones de los actuales magistrados del ente contralor.

“La presente sentencia no afectará los actos emitidos por los referidos funcionarios durante el período en el que desempeñaron y desempeñarán sus cargos. El propósito es respetar las situaciones jurídicas consolidadas y las actuaciones individuales o colectivas suscritas por los actuales magistrados de la Corte de Cuentas de la República”, agrega la sentencia.

La presidenta de la Corte de Cuentas reaccionó en su cuenta de Twitter que ya fue notificada de la resolución de la Sala, y que la misma no “inhibe mi derecho constitucional de buscar una reelección para ocupar un cargo en la @CortedeCuentas, y así continuar el trabajo realizado en esta institución”.

Dicha resolución que fue promovida hace más de un año, no anula su gestión dentro de la Corte de Cuentas a pesar de que los magistrado antes mencionados no pudieron demostrar que no están atados a ningún partido político, ese precisó requisito vuelve inconstitucional su elección según la resolución.