El acuerdo fue alcanzado la tarde de este viernes durante una reunión de Giammattei y el consejo de ministros. El mandatario hará el anuncio la noche de este viernes en un mensaje a la nación que será transmitido en cadena de radio y televisión.

El Gobierno del Presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei, se dispone a decretar la noche de este viernes un Estado de Prevención por 15 días para contener una tercera ola de la pandemia del Covid-19 que incluye fuertes medidas como “disolver por la fuerza” todo tipo de reuniones.

El acuerdo fue alcanzado la tarde de este viernes durante una reunión de Giammattei y el consejo de ministros. El mandatario hará el anuncio la noche de este viernes en un mensaje a la nación que será transmitido en cadena de radio y televisión.

Durante el plazo del Estado de Prevención se establecerán estas medidas:

-Limitar reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos, aún cuando fueren de carácter privado y en su caso, se va a impedir que se lleven a cabo. Se exhorta el uso de plataformas virtuales para continuar con las actividades que se estimen necesarias.

-La fuerza pública podrá disolver por la fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o si habiéndose autorizado se efectuare sin las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia.

-Se prohíbe el derecho a la celebración de reuniones al aire libre, así como manifestaciones públicas que afecten a la libre locomoción de las personas o los servicios públicos y disolverlas si fuere necesario.

-Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas.

-La mascarilla es de uso obligatorio sin ninguna distinción, en todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, que de no acatarse «tendrá como consecuencia la aplicación de las sanciones penales y administrativas que correspondan».

-Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas de lunes a domingo de las 18 horas del día que concluye a las seis horas de la mañana del día siguiente en los establecimientos comerciales abiertos al público cualquier que sea su categoría como el caso de discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, abarroterías y tiendas, entre otros.

De igual forma se ordena a todas las academias de lenguas mayas realizar la traducción del referido decreto.