Para el propio día de las elecciones del 4 de febrero, hay ciertas normas que los partidos políticos deben cumplir, al igual que los ciudadanos.

Está prohibido hacer proselitismo o espectáculos populares al aire libre, en espacios cerrados o cerca de los centros de votación.

De acuerdo con el artículo 357 del Código Electoral, es prohibido que los civiles porten armas blancas o de fuego en el interior de los centros de votación, únicamente el personal de la Policía Nacional Civil, encargados del orden y la seguridad pública pueden estar armados.

También, se prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes, incluyendo la cerveza y los vinos. De acuerdo con el Código Electoral, La Ley Seca estará en vigor desde las cero horas del 3 de febrero hasta la medianoche del 5 de febrero.

Durante ese tiempo ningún establecimiento comercial o lugar de bebidas alcohólicas pueden vender, distribuir o facilitar el consumo de este producto. De incumplir esta norma será sancionado con $300.